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Publicadas las bases de las ayudas forestales del PDR de Castilla y León

El Boletín Oficial de Castilla y León del 20 de mayo de 2015 publica las bases correspondientes a algunas de las líneas de ayudas que se implementarán en nuestra región en el período 2014-2020 y con interés para el sector forestal. Se destaca:

  • ORDEN FYM/399/2015, de 12 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la reforestación y creación de superficies forestales: contempla las ayudas a la primera forestación y al mantenimiento de las mismas. No se contemplan las primas compensatorias para las nuevas plantaciones. Se aceptarán repoblaciones en terrenos calificados por Sigpac como PA, PR, PS, TA, TH, IM. El expediente para ser elegible deberá tener un mínimo de 5 ha. y un máximo de 100 ha., pudiendo corresponde a una o varias parcelas de uno o varios titulares de un mismo término municipal o de términos colindantes. La superficie mínima de actuación continua se establece en 2 hectáreas.
  • ORDEN FYM/402/2015, de 12 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la prevención de daños a los bosques: ayudas de carácter quinquenal para la realización de mejoras (desbroces, clareos, podas, eliminación de restos, gradeos, creación y conservación de cortafuegos, creación y conservación de pistas, construcción de depósitos de más de 50.000 l. de agua, señalamientos de claras), en terrenos calificados por Sigpac como Forestal (FO), Pastizal (PS), Pasto arbustivo (PR), Pasto con arbolado (PA) o Improductivo (IM). En cualquier caso, dichos terrenos deberán estar declarados zona de medio o alto riesgo de incendio en la Comunidad de Castilla y León, y en el caso de las explotaciones con una extensión igual o superior a 100 hectáreas, deberán contar para acceder a la ayuda, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, con un plan de gestión forestal que esté en vigor. Se establece una superficie mínima quinquenal de 25 hectáreas de actuación de tratamientos selvícolas, pudiendo corresponder como máximo el 40% de las mismas a labores de señalamiento de claras. La superficie mínima de actuación es de 1 ha. y no se admitirán masas creadas al amparo del Plan de Forestación hasta transcurridos 10 años.
  • ORDEN FYM/398/2015, de 12 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la redacción de planes de gestión forestal: podrá ser objeto de ayuda la elaboración de proyectos de ordenación y planes dasocráticos, según proceda, así como sus revisiones.
  • ORDEN FYM/406/2015, de 12 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para labores de mejora y prevención de daños en terrenos forestales con vocación silvopastoral: ayudas de carácter quinquenal destinadas a la conservación y mejora de los terrenos silvopastorales, mediante la planificación previa y ejecución de diversas actuaciones como desbroces, resalveos, implantación y mejora de pastizales, cerramientos ganaderos, mangas, puntos de agua o pasos canadienses. Las ayudas las debe pedir un titular de una explotación ganadera, demostrando la disponibilidad de los terrenos siempre que estos sean según Sigpac PA, PR, PS, FO o IM.

Recordamos que la publicación de estas bases no supone la apertura del plazo para formular las solicitudes de ayuda; únicamente hace saber las condiciones en que las subvenciones serán convocadas.

Aconsejamos a los interesados contactar con la oficina de la Asociación (975-233793) para valorar cada caso individicual, en su caso concertar cita, y poder preparar así cada expediente de la manera más apropiada para alcanzar las mayores probabilidades de éxito para ser concedidos.